Empar Pineda.
El anuncio de una nueva Ley de aborto hecho ya hace meses por Ruiz Gallardón, titular del ministerio de Justicia, causó una gran indignación en los más diversos ámbitos sociales, incluso en algunos sectores próximos al Partido Popular. Como era de esperar, el conjunto de las organizaciones feministas de todo el país, manifestaron a través de los medios de comunicación su profundo desacuerdo con lo anunciado por el ministro por lo que significaba de “vuelta atrás”, de menosprecio por el derecho de las mujeres a decidir sobre su maternidad, etc.
El anuncio del ministro de Justicia hacía pensar que el gobierno no tardaría mucho tiempo en enviar a las Cortes su propuesta de nueva Ley de aborto derogando la ley vigente. Pero la realidad ha ido en sentido contrario y los repetidos retrasos hacen pensar que el gobierno no encuentra la oportunidad para dar el paso. Con la que le está cayendo no parece que esté dispuesto a echar más leña al fuego. Baste recordar que con sus medidas fuertemente restrictivas (reforma laboral, privatización de la sanidad pública, reforma de la educación, elevación de las tasas judiciales, recortes al funcionario público, etc.) ha conseguido el enfrentamiento de los más amplios sectores sociales: del funcionariado, de la judicatura, los sindicatos, el sanitario, el de la enseñanza… Hay que reconocer que este gobierno ha sido capaz de hacer que la unión en esos distintos sectores sociales haya primado por encima de diferencias, de distintas sensibilidades como nunca antes había ocurrido.
No parece ser que los retrasos del gobierno en enviar al Congreso de los diputados se deban a otras motivaciones. No hay que olvidar que está aguantando, incluso, la presión de las organizaciones mal llamadas pro-vida o anti-elección que le reclaman, también públicamente, que dé ya el paso al que se comprometió en su campaña electoral. Y no hay que despreciar tampoco lo que estas organizaciones representaron en el triunfo electoral del P.P.
Ley de supuestos despenalizados
Teniendo en cuenta lo anunciado hasta ahora y su reiterado rechazo a la ley de plazos la nueva ley de aborto del gobierno se inclinaría por la forma de la legislación anterior, es decir por una ley de supuestos despenalizados. El aborto sería un delito contemplado en el Código Penal salvo en los supuestos en los que quedaría despenalizado. Pero que quede claro y que nadie se llame a engaño -así lo han explicitado con mucha contundencia- que no será una despenalización semejante a la de la ley anterior, la de 1985. Será mucho más restrictiva ya que, a su parecer aquélla ley “no ofrecía garantías y favorecía el fraude de ley”. ¿Por dónde puede ir ese carácter más restrictivo de la ley del P.P.? Todo lo que podemos hacer es avanzar conjeturas ya que nada han dicho aparte de asegurar su talante restrictivo.
Creo que deberíamos basarnos en la actitud que manifestó el Partido Popular ante la propuesta enviada a las Cortes por el gobierno anterior, el socialista. Pienso que para el asunto que nos preocupa es interesante recordar las enmiendas que el P.P. presentó a dicha propuesta de Ley porque no sólo se trata de aspectos filosóficos o ideológicos sino de propuestas concretas que pueden darnos luz de por dónde irán los tiros ahora que nadie les puede hacer sombra en las Cámaras legislativas: su mayoría absoluta manda.
Ya en el inicio de la propia Justificación de la enmienda, el Partido Popular reprocha al gobierno socialista haber creado una Comisión de expertos para recoger sus opiniones de cara a la elaboración de la Ley “en cuyo criterio de selección primó sobre todo la estrategia y diseño políticos del Gobierno”. ¡Como si no fuera una práctica habitual del P.P. a la que nos tiene sobradamente acostumbrados! Baste con recordar la composición del Tribunal Constitucional o la del Comité de Bioética por citar solo los más recientes.
Más adelante, oponiéndose al sistema de plazos, concretamente a que hasta las 14 semanas de embarazo la mujer embarazada no necesite contar con ningún permiso de nadie, ni informe alguno de especialistas médicos, afirmaban entre otras cosas que la propuesta socialista “desprotege totalmente al no nacido durante las primeras catorce semanas de gestación y no establece suficientes mecanismos que garanticen el cumplimiento de la legalidad a partir de ese momento”.
Y en lo que respecta al tratamiento que los socialistas planteaban de cara a las menores de 16 y 17 años los peperos clamaron al cielo: desde augurar que las chavalas podrían tomarse el aborto como un método anticonceptivo, hasta que “vaciaba de contenido la patria potestad desvirtuando esta institución”, pasando por la afirmación de que “supone una total desprotección de las menores… y la vulneración de los derechos y obligaciones de los padres respecto a sus hijas, tanto desde un punto de vista jurídico como social, ya que interfiere en las relaciones personales y de confianza recíproca dentro de la familia, despreciando el apoyo que nadie mejor que un padre y una madre puede prestar a su hija ante una situación de estas características”, etc. etc. La Ley, que lleva algo más de dos años y medio de puesta en práctica ha demostrado que los temores del P.P. Eran totalmente infundados: ni las chavalas se han tomado el aborto como un método anticonceptivo más, ni mayoritariamente han ido solas a abortar a las Clínicas privadas autorizadas, sino que la casi totalidad han ido acompañadas por sus dos progenitores o por uno de ellos.
Enmiendas concretas
A modo de ejemplo por lo ilustrativas que resultan voy a reflejar las enmiendas 17 y 17 bis.
Artículo 17. De la información previa.
Toda mujer embarazada que solicite la práctica del aborto en un centro o establecimiento sanitario recibirá la información y el asesoramiento personalizado adecuado por parte de un médico especialista sobre los aspectos más relevantes y las consecuencias médicas y psicológicas de la práctica del mismo, así como de la existencia de medidas de asistencia social y de orientación familiar que puedan ayudarle. La información será clara, objetiva, comprensible y accesible a todas las personas con discapacidad. Asimismo se le informará de los requisitos que, en su caso, son exigibles para la práctica del aborto, entre los que se destacará especialmente la emisión de los dictámenes preceptivos por médicos especialistas en centros sanitarios públicos.
Artículo 17 bis).
La mujer embarazada que, encontrándose en alguno de los supuestos permitidos por nuestro ordenamiento jurídico, pretendiere interrumpir su embarazo, deberá acudir a un centro sanitario público, donde un médico especialista deberá emitir el correspondiente dictamen preceptivo, así como dispensar a la mujer la siguiente información y asesoramiento personalizado:
• Las ayudas públicas y privadas que facilitarían la continuación del embarazo y la cobertura sanitaria durante el embarazo y el parto.
• Los derechos laborales vinculados al embarazo y a la maternidad: las prestaciones y ayudas públicas para el cuidado y atención de los hijos; los beneficios fiscales y demás información relevante sobre incentivos y ayudas al nacimiento.
• Los derechos, prestaciones y ayudas públicas existente de apoyo a la autonomía de las personas con discapacidad así como la red de organizaciones sociales de asistencia social a estas personas.
• Las consecuencias médicas y psicológicas de la prosecución del embarazo o de la interrupción del mismo.
• La posible cesión temporal e incluso definitiva del nacido como alternativa al aborto.
• Lo centros de apoyo a la mujer embarazada.
Como se puede deducir de estas enmiendas la sanidad pública hará de claro filtro a los deseos de las mujeres que quieran abortar, intentando disuadirlas y decidiendo qué mujeres podrán abortar y cuales no. ¡Menudo panorama nos espera!