Galde 27, negua/2020/invierno. Paloma Favieres, CEAR.-
Una semana después de la aprobación del mediático Pacto Global sobre Migraciones, la Comunidad Internacional aprueba, de forma mucho más desapercibida y con menor oposición, el Pacto Global sobre Refugio 1.
En palabras del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados, Filippo Grandi, se trata del mayor esfuerzo conocido hasta la fecha para la gestión de las cuestiones relacionadas con las personas refugiadas desde un enfoque de refuerzo de la cooperación y de responsabilidad compartida a escala global, coincidiendo con un momento histórico en donde los desafíos del refugio se presentan con carácter notable en distintos lugares, desde Centroamérica hasta Bangladesh, pasando por Siria, o la región euro-mediterránea y el África subsahariana.
ESTADOS FIRMANTES. 181 Estados miembros de Naciones Unidas suscriben el Pacto, que, al igual que el de Migraciones, no es vinculante. EE.UU. y Hungría se oponen al Pacto.
OBJETIVOS Y EXPECTATIVAS. El Refugio es una cuestión que concierne a la humanidad en su conjunto. El Pacto pretende ofrecer una «respuesta predecible, compartida y equitativa» a las situaciones de desplazamiento forzado. Ello se articula principalmente a través del llamado «Marco de Respuesta Integral para los Refugiados», en inglés: «Comprehensive Refugee Response Framework» CRRF. Además, el Pacto prevé un Foro como mecanismo de seguimiento cada 4 años.
El Pacto tiene 4 objetivos principales:
– Disminuir la presión que soportan los Estados de acogida.
– Fortalecer la resiliencia de las personas refugiadas.
– Aumentar el reasentamiento y otras formas de acceso de las personas refugiadas a los llamados «terceros países».
– Apoyar a los países de origen al «retorno seguro».
El Pacto espera recabar una mayor financiación por parte de donantes, gobiernos y sector privado, bajo un enfoque de responsabilidad compartida y orientado al desarrollo a largo plazo más que a las respuestas humanitarias cortoplacistas.
Este enfoque de múltiples actores involucrados es uno de los principales valores añadidos y elementos esperanzadores del Pacto. El Pacto presta atención al desarrollo de crecientes oportunidades en cuestiones tan importantes como:
– Reasentamiento
– Reunificación familiar
– Visas humanitarias
En lo que se refiere a las visas humanitarias, es importante señalar que, en el ámbito de la UE, los visados humanitarios son un tipo de visado que han sido utilizados
de manera discrecional hasta la fecha por parte de algunos Estados miembros. Por medio de los mismos, las personas solicitantes de asilo pueden trasladarse de manera segura y legal desde un tercer país a un país del espacio Schengen para formalizar su solicitud de protección internacional. Actualmente la emisión de este tipo de visados resulta ser discrecional y depende del derecho interno de cada Estado, así como del criterio de sus respectivos consulados. Algunos Estados europeos como Alemania, Bélgica, Francia o Dinamarca, entre otros, ya cuentan en su legislación nacional con algún tipo de previsión en este sentido. Según el Tribunal de Justicia de la UE, el Código europeo de Visados no obliga a los Estados de la UE a otorgar visados Humanitarios. No obstante, esta cuestión se debate actualmente en el seno del TEDH en el caso Mohamad Nahhas v. Bélgica.
En lo que respecta al ámbito legislativo, tras varias iniciativas fallidas, una propuesta sobre visados humanitarios fue aprobada en el pleno del Parlamento Europeo el pasado 11 de diciembre de 2018 2. Esta resolución insta a la Comisión Europea a presentar una propuesta legislativa que permita a quienes buscan protección internacional poder solicitar un visado en una embajada o en un consulado europeo en tercer país. Aunque no se trata de una resolución vinculante, es una llamada a la Comisión a presentar legislación para tratar este asunto.
Se trata de un tema crucial en los próximos años. El hecho de que los países de la UE expidan visados humanitarios en sus embajadas y consulados en el exterior, para permitir a los solicitantes de asilo alcanzar Europa evitaría la pérdida de miles de vidas humanas y constituiría una vía legal y segura para lograr la protección que merecen. De esta forma también se debilitaría las redes de tráfico.
POSICIONAMIENTOS CRÍTICOS.- Las principales ONG que se han pronunciado valorando el Pacto han coincidido en que tiene el potencial necesario para proveer una mejor respuesta y protección para las personas refugiadas en las comunidades de acogida, pero ello dependerá de la apropiación, corresponsabilidad y rendición de cuentas que asuman los Estados.
Una de las principales críticas al Pacto se refiere al hecho de que las medidas contenidas en el mismo para fomentar el reparto equitativo de responsabilidad entre los Estados, tales como la ayuda humanitaria, la cooperación al desarrollo o la inversión privada son insuficientes para revertir la innegable asimetría en la carga que soportan aquellos Estados empobrecidos en relación a los enriquecidos.
Los Estados empobrecidos cargan actualmente con la acogida del mayor número de personas refugiadas (9 de cada 10 se encuentran en países en desarrollo). El principio de distribución de la carga y de la responsabilidad resulta fundamental para aliviar a los Estados de acogida que mayor número de personas refugiadas reciben y, consiguientemente, para beneficiar a las mismas. Sin embargo, las medidas dispuestas en el Pacto en este apartado se revelan insuficientes, vagas e incipientes.
Así, por ejemplo, se dispone que será en el marco del Foro Mundial sobre Refugiados (el primero de los cuales se celebrará en 2019) en donde los Estados y las demás partes interesadas examinen «las oportunidades, retos y formas de mejora de la distribución de la carga y de la responsabilidad». Estos mecanismos deberían haber quedado especificados previamente de forma mucho más clara, máxime tratándose del elemento central del que depende transversalmente el cumplimiento satisfactorio de los objetivos del Pacto a escala global.
Otras críticas se centran en los aspectos no incorporados o escasamente recogidos en el Pacto:
– Desplazados forzosos internos
– Desplazados climáticos
– Protección especial para mujeres y niños y niñas
Todas estas cuestiones son importantes ya que son un buen termómetro de «hasta dónde llega la voluntad política» de los Estados en tanto que actores aún preeminentes en la Comunidad y el Derecho Internacional, teniendo en cuenta, además, que todas ellas son cuestiones estrechamente interconectadas e interdependientes; De su consideración depende en buena medida el que se respete el principio de «No dejar a nadie atrás».
PROPUESTAS DE CEAR PARA SU IMPLEMENTACIÓN EN ESPAÑA.
1. Poner en marcha vías legales y seguras: garantizar el acceso a las embajadas y consulados de España en el exterior para facilitar el traslado y formalizar las solicitudes de asilo en destino, concesión de visados humanitarios, flexibilización de la reagrupación familiar.
2. Aprobar el Reglamento de Asilo, que lleva casi nueve años de demora, incluyendo la consideración de las aportaciones ya realizadas por las organizaciones no gubernamentales especializadas
3. Garantizar el acceso al procedimiento de protección internacional y a las garantías debidas.
4. Poner fin a las devoluciones ilegales en la frontera sur garantizando el acceso al derecho de asilo.
5. Asegurar el estudio individualizado de cada caso de retorno y poner fin a la detención de personas solicitantes de asilo.
6. Favorecer la integración local de las personas refugiadas y desarrollar medidas que impulsen la convivencia favoreciendo la inclusión y combatiendo la discriminación, el racismo y la xenofobia.
7. Garantizar la protección de personas con necesidades especiales.
8. Eliminar la condicionalidad de la ayuda al desarrollo al control de fronteras e incrementar la asistencia humanitaria mediante el apoyo a la financiación de las respuestas de emergencia, favoreciendo su disponibilidad y flexibilidad.
9. Implementar el Pacto en base a indicadores concretos de seguimiento del cumplimiento de cada uno de los 4 objetivos del Pacto y efectuar una evaluación pública y transparente de los avances alcanzados para su participación en el próximo Foro Mundial sobre los Refugiados a celebrarse en 2019. Reconocer el papel de la sociedad civil a lo largo del proceso de implementación, seguimiento y evaluación del Pacto.
Notes:
- Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Parte II. Pacto mundial sobre los refugiados. https://undocs.org/es/A/73/12(PARTII) ↩
- https://www.europarl.europa.eu/news/en/press-room/20181205IPR20933/humanitarian-visas-to-avoid-deaths-and-improve-management-of-refugee-flows ↩